martes, 27 de octubre de 2009

CAPÍTULO 3

Referir el estudio del entorno al análisis de aquellas variables que pueden tener influencia sobre el tipo de negocio elegido. Por ejemplo, es importante estudiar el sector de negocio en el que nos movemos, además de los datos generales.

3.1. Entorno económico: Previsiones de coyuntura, índices de producción, evolución de precios, tipos de interés, empleo, demanda de bienes de consumo, etc.

Previsiones de coyuntura: Creemos que nuestra Empresa tiene muchas posibilidades de superar la crisis, ya que el servicio que ofrecemos es ayudar a las empresas a ahorrar dinero en el transporte de sus productos, la contratación de un transportista y los materiales de transporte como furgoneta, carrillo de mano o transpaleta.

Índice de producción:
Ofrecemos:
Inmediato

Para los documentos o paquetes que precisen de mayor urgencia, puede solicitar la recogida y entrega inmediata. Recibirá un Servicio exclusivo y adecuado a sus necesidades.

Urgente urbano
Con varias frecuencias diarias, este Servicio tiene un tratamiento de mensajería urbana y se caracteriza por su tarifa económica.


Urgente de hoy para hoy
Su envío puede ser entregado el mismo día que lo recogemos, en nuestro ámbito geográfico: España peninsular.

Urgente 8:30
Recogemos en todo el país hasta última hora para entregar antes de las 8:30 h* del día siguiente, en un amplio ámbito geográfico.

Urgente 10
Recogemos hasta última hora y entregamos antes de las 10 h del día siguiente.

Express documentos
De hoy para mañana, entrega antes de las 13 h. Sobre prepagado exclusivo para documentos.

Express 2 kg
De hoy para mañana, entrega antes de las 13 h. Sobre prepagado peso máximo 2 kg.

Express 3 kg
De hoy para mañana, entrega antes de las 13 h. Caja prepagada peso máximo 3 kg.

Semi urgente
Recogemos hasta última hora y entregamos sus envíos antes de las 13 h del día siguiente.

Bag 2 kg
Bolsa peso máximo 2 kg con la tarifa más económica, recogemos hasta última hora y entregamos al día siguiente antes de las 19 h.

24 horas
Con una tarifa más económica, recogemos hasta última hora* y entregamos al día siguiente antes de las 19 h.

Promociones
Para sus envíos promocionales, mínimo 25 bultos idénticos (con el mismo continente y contenido) de máximo 2 kg cada uno y/o 100 cm, sumando largo, alto y ancho. Entregamos al día siguiente antes de las 19 h.

Evolución de precios:
En estos tiempos de crisis, hemos pensado que nuestra empresa no ofrecerá unos precios muy elevados en el mercado; el precio será bajo, con el que cubriremos los gastos de transporte, alquiler y salarios de los empleados. Con esta reducción de precios y unido a que actualmente se utilizan más este tipo de empresas, esperamos obtener algunos beneficios.
En un futuro, cuando nuestra empresa este asentada en el mercado, aumentaremos los precios pero no en cantidades muy elevadas.

Tipos de interés:
El interés no será muy elevado por lo que hemos comentado anteriormente. Nuestras ganancias serán del 10% después de cobrar el IVA.

Empleo:
Contrataremos dos empleados que se encargarán de desempeñar las siguientes tareas:


- Jefe de Almacén: se encargará de empaquetar los pedidos de los clientes y a su vez controlar, que el nivel de stock de paquetes, plásticos y materiales de embalaje, no superen los mínimos.
- Transportista: su función será hacer llegar los paquetes y pedidos al destino solicitado por nuestros clientes.


Nosotras dos realizaremos las siguientes funciones:
- Administrativa: se encargará de llevar la administración y cuentas de la empresa.


- Atención al público: su función será anotar los pedidos de los clientes,
manejar el cobro de los transportes, contestar a las llamadas y resolver dudas a los clientes, etc.

Demanda de bienes de consumo:
Los servicios que ofrecemos, actualmente, está teniendo mucha demanda ya que hace a la empresa ahorrar dinero, salarios y tiempo en llevar sus productos a los domicilios de sus clientes.
Es una forma muy práctica y cómoda de hacer llegar tanto productos, como documentos, paquetes, etc.

3.2. Entorno demográfico, social, cultural: Volumen y tendencia de población clasificada por edad, sexo, renta, nivel de estudios, tendencias sociales y culturales, etc.`

Volumen y tendencia de población clasificada por edad:

Según el lugar donde vamos a asentar nuestro proyecto empresarial y sobre los clientes con los que vamos a trabajar, hemos podido averiguar lo siguiente:

-Menores de 18 años: no suelen solicitar servicios a transportistas, ya que no disponen de dinero; si lo piden es para enviar paquetes con regalos o para que les entreguemos a través de una tienda un pedido.


-Mayores de 18 años: son bastantes los clientes mayores de edad que piden el servicio a paqueterías, para el transporte de paquetes con regales, productos perecederos, ropa, electrodomésticos, muebles o bicicletas por ejemplo.

-Pequeñas empresas: solicitan el transporte de sus materiales a paqueterías en grandes cantidades, ya que de esta forma encuentran un ahorro importante.

-Grandes empresas: son pocas las empresas de este tipo que piden el servicio a empresas como la nuestra, debido a que suelen tener vehículos o camiones que efectúen sus entregas. Aún así también podremos contar con estas empresas.

Según lo descrito anteriormente las empresas o clientes que más nos convienen serán las PYMES y los mayores de 18 años.

Por sexo y renta:

Según lo estudiado las mujeres mayores de 18 años serán las que más pedidos realicen, y en las empresas tanto hombres como mujeres lo solicitarán.

Las rentas de nuestros clientes serán altas, medias o bajas.

Por el nivel de estudios, tendencias sociales y culturales.
Los clientes no empresarios y los empresarios, tendrán un nivel de estudios medio o alto, pero se diferenciará en las empresas un nivel de estudios un poco mas alto que en los clientes no empresarios.
Las tendencias sociales y culturales no serán importantes para el ejercicio de nuestra empresa ya que no nos importa el nivel social, ni la cultura de las personas que soliciten un servicio de nuestra empresa.

3.3. Entorno legal: Legislación pertinente al proyecto (civil, mercantil, fiscal, sobre productos, sobre comercio, sobre publicidad, defensa de consumidores, subvenciones, etc.)

LEY MERCANTIL SOBRE PUBLICIDAD:


Nuestra empresa está interesado en dar publicidad al negocio, por lo tanto tendremos que pedir un presupuesto a una empresa publicitaria, y estaremos comprometidos ambos a lo siguiente:


Artículo 16


El anunciante deberá abstenerse de utilizar para fines distintos de los pactados cualquier idea, información o material publicitario suministrado por la agencia. La misma obligación tendrá la agencia respecto de la información o material publicitario que el anunciante le haya facilitado a efectos del contrato.


Artículo 17


Si la publicidad no se ajustase en sus elementos esenciales a los términos del contrato o a las instrucciones expresas del anunciante, éste podrá exigir una rebaja de la contraprestación o la repetición total o parcial de la publicidad en los términos pactados, y en la indemnización, en uno y otro caso, de los perjuicios que se le hubieren irrogado.


Artículo 18


Si la agencia injustificadamente no realiza la prestación comprometida o lo hace fuera del término establecido, el anunciante podrá resolver el contrato y exigir la devolución de lo pagado, así como la indemnización de daños y perjuicios.
Asimismo, si el anunciante resolviere o incumpliere injustificadamente y unilateralmente el contrato con la agencia sin que concurran causas de fuerza mayor o lo cumpliere sólo de forma parcial o defectuosa, la agencia podrá exigir la indemnización por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
La extinción del contrato no afectará a los derechos de la agencia por la publicidad realizada antes del cumplimiento.


LEY DE COMERCIO
Adjuntamos algunas leyes de comercio:

Artículo 18


1. La inscripción en el Registro Mercantil se practicará en virtud de documento público. Sólo podrá practicarse en virtud de documento privado en los casos expresamente prevenidos en las Leyes y en el Reglamento del Registro Mercantil.

2. Los Registradores calificará bajo su responsabilidad la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase en cuya virtud se solicita la inscripción , así como la capacidad y legitimación de los que los otorguen o suscriban y la validez de su contenido, por lo que resulta de ellos y de los asientos del Registro.


3. Practicados los asientos en el Registro Mercantil se comunicará los datos esenciales al Registro central, en cuyo boletín será objeto de publicación . De esta publicación se tomará razón en el Registro correspondiente.


Artículo 19


1. La inscripción en el Registro Mercantil será potestativa para los empresarios individuales, con excepción del naviero.
El empresario individual no inscrito no podrá pedir la inscripción de ningún documento en el Registro Mercantil ni aprovecharse de sus efectos legales.

2. En los demás supuestos contemplados por el apartado uno del artículo 16, la inscripción será obligatoria. Salvo disposición legal o reglamentaria en contrario, la inscripción deberá procurarse dentro del mes siguiente al otorgamiento de los documentos necesarios para la práctica de los asientos.


3. El naviero no inscrito responderá con todo su patrimonio de las obligaciones contraídas.


Artículo 20


1. El contenido del Registro se presume exacto y válido. Los asientos del Registro está bajo la salvaguarda de los Tribunales y producirá sus efectos mientras no se inscriba la declaración judicial de su inexactitud o nulidad.


2. La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las Leyes. La declaración de inexactitud o nulidad no perjudicará los derechos de terceros de buena fe, adquiridos conforme a derecho.


Artículo 25


1. Todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su Empresa que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. Llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario.

2. La contabilidad será llevada directamente por los empresarios o por otras personas debidamente autorizadas, sin perjuicio de la responsabilidad de aquéllos. Se presumirá concedida la autorización , salvo prueba en contrario.


SOBRE SUBVENCIONES:
Nuestra empresa en un principio contara con un capital inicial, mes a mes nos interesaremos en preguntar en el ayuntamiento de málaga por subvenciones que

puedan ofrecernos para poder ahorrarnos un dinero, o para poder invertir con esa subvención, para hacer obras, reformas y otras cosas.


SOBRE PRODUCTO:

Inmediato


El precio del servicio inmediato no será muy elevado. Su precio será entre 12 y 14€, dependiendo de la distancia que tengamos que recorrer.

Urgente urbano
El precio del servicio inmediato será alrededor de 14€, debido a que el desplazamiento no será de larga distancia.

Urgente de hoy para hoy

Este servicio será con mucha rapidez así que su precio será alrededor de 15€.

Urgente 8:30
Este servicio requiere una mayor disposición, así que su precio será de 17€.

Urgente 10
Este servicio requiere disposición rápida. Su precio será entre 15 y 17€, dependiendo de la distancia.

Express documentos

La entrega de documentos es un servicio un poco más caro, ya que constará de un papel que autorice su entrega a nuestra empresa. Este servicio tendrá un coste de 20€.

Express 2 kg
Este servicio tendrá un coste bajo, ya que la distancia es muy corta. Su precio será de 6€.

Express 3 kg

Este servicio es igual que el anterior, así que su precio será de 7€.

Semi urgente
Este servicio tendrá un coste de 15€.

Bag 2 kg
Este servicio tendrá un coste de 10€.

24 horas
Este servicio debe ser rápido ya que tenemos que hacer la entrega el mismo día de su recogida. Su precio será de 9€.

Promociones
El envío de estos productos debe ser cuidadoso, así queso precio será de 19€.

DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES:


El derecho del consumidor abarca de primero las normas que, al crear derechos específicos, protegen directamente al consumidor. Comprende también otras normas que tratan de asegurar la aplicación eficiente de estos mismos derechos, así como las que aseguran representación y actuación adecuada para los consumidores ante los órganos estatales con poder de decisión sobre el mercado, como lo es la Comisión Nacional del Consumidor.
Entre las preocupaciones del derecho del consumidor se pueden mencionar la masificación de las relaciones de consumo, la información del consumidor, la utilización de métodos comerciales abusivos, la publicidad, especialmente la engañosa y abusiva, el control de precios y tarifas, y la representación de los consumidores.
El derecho del consumidor es un sistema completo de normas, principios e instrumentos de implantación en favor del consumidor. Lo definen como el conjunto de principios y normas jurídicas que protegen al consumidor en la relación jurídica de consumo. Se encuentra en ella un elemento objetivo (relación de consumo) y un elemento subjetivo (que protege al consumidor).
Es importante recordar que la legislación esta orientada hacia el respeto de cuatro derechos básicos que posee el consumidor:

Derecho a la seguridad.
Derecho a la información.
Derecho a la elección.
Derecho a ser escuchado.

FISCAL:


La legislación fiscal es el conjunto del sistema legal y reglamentario que organiza la percepción
de los impuestos.


Las OBLIGACIONES FISCALES del empresario son las siguientes:
Antes de empezar la actividad:

La Declaración Censal
La Administración Tributaria dispone de un Censo de Obligados Tributarios. Dentro de este, se encuentra el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, en el que deben darse de alta las personas o entidades que vayan a desarrollar actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención.
Además del alta inicial, debe presentarse también cuando existan modificaciones o cuando decida darse da baja, todo en los términos que vemos a continuación y presentando el mismo modelo, el 036.
Por lo tanto, por medio de la presentación del modelo 036 puede realizarse:
La declaración censal de alta
La declaración censal de modificación
La declaración censal de baja

Darse de alta en el
Impuesto de Actividades Económicas (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y modelos 840/848 si tributa):

Como consecuencia de la reforma de la Ley de Administraciones Locales y de los acuerdos de financiación establecidos con la Federación Española de Municipios y Provincias, están exentos del pago del impuesto, entre otros, los siguientes:
Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma.
Las personas físicas.
Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que operen en España mediante establecimiento permanente, y tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Las sociedades civiles y sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
Las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, sin ánimo de lucro.
Una vez comenzada la actividad:
v Si realiza
pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, ya sea por abonar rendimientos del capital mobiliario (modelos 110 y 190).
v Deberá realizar la
declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros (modelo 347).
v Deberá
presentar las declaraciones del IVA
v Debe declarar sus ingresos:
Si tributa por el IRPF, trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100)

Si tributa por el Impuesto de Sociedades, trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades.
Civil:

· La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Su objetivo principal es regular el tratamiento de los datos y ficheros, de carácter personal, independientemente del soporte en el cual sean tratados.

· Ley 39/2002, de 28 de octubre, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios.

· Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

· Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa: En la constitución de la sociedad, su denominación social estará formada por los dos apellidos y el nombre de uno de los socios fundadores seguidos de un código alfanumérico que permita la identificación de la sociedad de manera única e inequívoca.

· Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: velar por la seguridad e higiene en el trabajo.

· Ley Básica de Empleo 51/1980, de 8 de octubre: los servicios públicos de empleo han de actuar en un entorno más competitivo, complejo y dinámico y han de posicionarse en el mercado prestando un servicio de calidad a sus usuarios.

· Base y tipos de cotización a la Seguridad Social 2009

TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS
EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL
Comunes
23,60
4,70
28,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor
12,00
2,00
14,00
Resto Horas Extraordinarias
23,60
4,70
28,30

· REAL DECRETO 2128/2008, de 26 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2009: En cumplimiento del mandato al Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional, contenido en el artículo 27.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, se procede

· Mediante este real decreto a establecer las nuevas cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2009.

· LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983.


3.4. Entorno tecnológico (especialmente referido al departamento de Administración y Finanzas de la empresa).

En nuestra empresa de paquetería vamos a usar las siguientes tecnologías:


· Un ordenador a través del cual iremos contabilizando y llevando las cuentas de la empresa, facturas y demás.
También tendremos un correo electrónico por el que recibiremos mensajes de los clientes para que recojamos su paquete y lo llevemos a su lugar de destino.
· El teléfono para poder contactar con nuestros clientes.
· Fax para hacer llegar documentos y recibir pedidos de nuestros clientes.


1 comentario:

LORENA dijo...

Fatimaaaa no hagas esooo!!! que yo no tengo ganas jajaja, dile a la Maria que le queria dejar un comentario en la foto del mono y no me sale nada para mandarselo, no puedo!!
Besitosssss!!! :P jejeje

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