miércoles, 18 de noviembre de 2009

CAPÍTULO 7

En esta fase del proyecto debemos analizar y responder a tres cuestiones: la forma jurídica de la empresa, la denominación y la localización de la misma.

- ¿Bajo qué forma jurídica debemos organizar nuestra empresa?
Nuestra empresa debe estar organizada bajo una Sociedad Limitada.

- ¿Hay alguna forma jurí­dica más adecuada que otra para llevar a cabo nuestro proyecto empresarial?
Según nuestras expectativas no hay otra forma jurídica más adecuada para nuestro negocio.

- ¿Qué nombre pondrá a nuestra empresa?
Famar Express

- ¿Qué logotipo o anagrama puede identificarla mejor?
Un logotipo con el nombre de nuestra empresa.

- ¿Sería mejor identificar nuestros productos o servicios con una marca?
Si, sería mejor identificar nuestra empresa con una marca ya que sería más fácil recordar.

- ¿Dónde vamos a ubicar nuestra empresa?
Nuestra empresa estará ubicada en la calle Eugenio Gross de Málaga.

- ¿Cuál es la mejor localización para la misma, teniendo en cuenta las necesidades de espacios e infraestructuras que vamos a necesitar, y las características de nuestro negocio?
La mejor localización para nuestra empresa será la que hemos mencionado anteriormente, ya que hay un local grande donde podremos situar tanto la oficina desde donde realizaremos los envíos y recibiremos los pedidos como el almacén donde haremos los paquetes para el envio.

Para resolver estas preguntas será necesario realizar una serie de actividades:

1. Identificar las distintas formas jurídicas de constitución de empresas, y conocer los diferentes gastos que se originan a la hora de constituir una empresa bajo cada una de las formas.


- Empresario individual: aportación titular variable y responsabilidad ilimitada.


- Sociedad civil: aportación de los socios variable. Responsabilidad ilimitada y mancomunada.


- Comunidad de bienes: aportación de los socios variable. Responsabilidad ilimitada y solidaria.


- Sociedad colectiva: capital social sin límites, aunque estipulada la constitución mediante escritura. Responsabilidad ilimitada y solidaria.

- Sociedad comanditaria: capital sin límites, aunque estipulada la constitución mediante escritura. Responsabilidad ilimitada y solitaria para los socios colectivos.


- Sociedad comanditaria por acciones: el capital social menor o igual a 60.101,21 euros. Responsabilidad ilimitada y solidaria par asocios colectivos.


- Sociedad anónima: capital social menos o igual a 60.101,21 euros. Responsabilidad hasta el límite de sus aportaciones.


- Sociedad limitada: capital social menor o igual a 3005,06 euros. Responsabilidad hasta el límite de sus aportaciones.


- Sociedad cooperativa: capital social variable. Responsabilidad hasta el límite de sus aportaciones, salvo estipulación reflejada en los estatutos.

2. Averiguar los posibles incentivos y ventajas fiscales que pueden obtener las nuevas empresas, distinguiendo los mismos en función de la forma jurídica de la empresa, de su localización o de otros factores que puedan influir para la obtención de dichos incenti­vos.

MODALIDADES DE INCENTIVOS

1.- Incentivos directos
2.- Bonificación del tipo de interés: Estará vinculado a un préstamo obtenido a través de una entidad financiera para financiar el proyecto y deberá cumplir las condiciones establecidas en el Convenio de Colaboración entre la
Junta de Andalucía y diversas Entidades Financieras que operan en Andalucía, autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de enero de 2008, o en el que se suscriba en sustitución de éste.

El importe máximo de la bonificación será de 3.000 euros y se calculará de la siguiente forma:
a) En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75% de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
b) En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.

CONCEPTO OBJETO DE INCENTIVOS
- Bienes de equipo.
- Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general.
- Adquisición y tratamiento de software.
- Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
- Otras inversiones en activos fijos materiales.
- Gastos generados por el inicio de actividad entre los que se incluyen las cuotas satisfechas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción.
- Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.

EMPRESARIO INDIVIDUAL


La fórmula del empresario individual es una de las formas más fáciles de comenzar una actividad empresarial.
Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de tamaño muy reducido.
- Es la forma que menos trámites exige en su constitución, no estando obligados a inscribirse en el registro mercantil.
- Puede resultar más económica, dado que no necesita crear personalidad jurídica de la del empresario.
- No exige Capital mínimo inicial.
- Se gestiona personalmente la empresa.
- Se paga fiscalmente por IRPF, de acuerdo con sus ganancias. (Cuando nuestro tipo aplicable en este impuesto se situé por debajo del 35%, o del 30% para empresas de reducida dimensión, obtendremos ventajas fiscales)

SOCIEDAD CIVIL


La sociedad civil esta constituida por dos o más personas que ponen en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir entre si las ganancias. Se regulan por lo establecido en el contrato suscrito por las partes y en lo no pactado se estará a lo dispuesto en el Código Civil.
Las principales ventajas son:
Los tramites de formalización son más sencillos que en otras formas jurídicas.
No es necesario capital mínimo para su constitución.
Mayor facilidad a la hora de conseguir préstamos, ya que éstos están, implícitamente, avalados por todos los socios.
Su elección puede estar justificada por motivos fiscales, ya que pueden calcular sus beneficios en estimación objetiva y en caso de que la actividad sea comercio minorista el régimen especial de recargo de equivalencia en el IVA.


COMUNIDAD DE BIENES


La comunidad de bienes es una de las fórmulas empresariales más sencillas y rápidas de constituir. Cuando varias personas se asocian y ponen en común bienes o derechos de forma conjunta, tenemos una comunidad de bienes.


- No necesitan demasiados trámites para su constitución, con una complejidad y costes mínimos.
- No exige Capital mínimo inicial.
- Pagan fiscalmente de acuerdo con sus ganancias, los rendimientos de la sociedad se imputan a los asociados sobre la base de lo pactado, así desde el punto de vista fiscal es aplicable lo comentado para el empresario individual.
- No recae sobre una sola persona el riesgo de crear una empresa.

SOCIEDAD COLECTIVA


La sociedad colectiva se presenta como la sociedad mercantil tradicional en la que los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente y de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas sociales.
Las principales ventajas de la sociedad colectiva son:
No es necesario capital mínimo para su constitución.
Sin límite máximo de socios.
Mayor facilidad a la hora de conseguir préstamos para la sociedad, ya que éstos están, implícitamente, avalados por todos los socios colectivos.
Se puede controlar la entrada de personas ajenas a la sociedad.


SOCIEDAD COMANDITARIA


La sociedad comanditaria es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido.


Cómo ventajas se pueden señalar:
- La principal ventaja que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comanditaria simple.
- Los socios colectivos pueden atraer el capital de otros sin que éstos interfieran en la gestión de la empresa.
- Responsabilidad Limitada de los socios comanditarios.


SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES


Es una sociedad que, teniendo todo el capital social dividido en acciones, deberá encargar de la administración social a uno o más accionistas que responderán personal y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante el periodo de su administración.
No requiere capital mínimo para su constitución.
La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios.
La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.
Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa.
Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa son establecidas según el tipo de socios, Comanditarios o comanditados.

SOCIEDAD LIMITADA

Sociedad Limitada significa que en caso de deudas por parte de la empresa el socio o los socios sólo tienen que devolver la cantidad de dinero que lleguen hasta lo que aportaron a la sociedad.
- Limita la responsabilidad de los socios al capital aportado a la sociedad.
- Exige menos rigor formal en su organización (en convocatorias de juntas, inscripciones regístrales...), y menor Capital mínimo (3.005,06 euros) que las S.A.
- Mismo carácter democrático en los órganos de Gobierno que en las S.A.
- Se pueden constituir con un solo socio. (S.L. unipersonal).
- Es la forma jurídica societaria más elegida.

SOCIEDAD ANÓNIMA


La Sociedad Anónima es una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en acciones, integradas por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales contraídas sino que lo harán con el capital aportado.
- La responsabilidad de los socios se limita a sus aportaciones a la sociedad.
- La condición de socio se puede transmitir libremente, mediante la venta de las acciones.
- Tiene una clara vocación de expansión, primando el capital aportado, no la personalidad de los socios.

SOCIEDAD COOPERATIVA


La sociedad cooperativa, a diferencia de las sociedades mercantiles, se presenta como una asociación de personas físicas o jurídicas que, teniendo intereses o necesidades socio-económicas comunes, desarrollan una actividad empresarial, imputándose los resultados económicos a los socios, una vez atendidos los fondos comunitarios, en función de la actividad cooperativa que realizan. Se presenta pues, como una sociedad de marcado carácter social cuyo objeto es facilitar a sus socios determinados bienes o servicios al precio mínimo posible (cooperativas de consumo), o retribuir sus prestaciones al máximo posible (cooperativas de producción).

- No necesita un capital mínimo para su constitución, sino el preciso para la puesta en marcha.
- Los socios pueden incorporarse o darse de baja voluntariamente.
- Todos los socios participan en los órganos de la sociedad con los mismos derechos.
- Su objetivo principal es el bien común de los trabajadores y no el beneficio económico.
- Es obligatorio destinar anualmente un porcentaje de los beneficios obtenidos al Fondo de reserva, para garantizar el futuro de la sociedad, y al Fondo de Reserva de Educación y promoción, para facilitar la formación de los trabajadores.
- Permite la capitalización por desempleo.
- Tienen bonificaciones y exenciones fiscales en el I.T.P. y A.J.D., I.A.E., y en el Impuesto de Sociedades, dependiendo de su calificación como Cooperativas protegidas o especialmente protegidas.
- Puede acceder a una normativa especialmente favorable de ayudas (fomento de la economía social).

3. Buscar información en organismos oficiales y entidades de las diferentes administra­ciones públicas (estatales, autonómicas y locales), sobre las ayudas y subvenciones que pueden obtenerse para la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales y activi­dades económicas, así como las posibles bonificaciones en las cuotas de la seguridad so­cial.

Orden De Impulso De las Empresas calificadas como I + E


Ayudas a empresas calificadas como I+E en las siguientes modalidades: Subvención Financiera. Apoyo a la Función Gerencial. Contratación expertos de alta cualificación. Contratación indefinida a desempleados. Cooperativas y Sociedades Laborales que incorporen socios trabajadores, con carácter indefinido, entre desempleados.
Cuantía de la ayuda
Financiera: 5.108,60 euros, por contratación.
Función gerencial: 75% del coste, máximo de 12.020,24 euros.
Expertos: 50% del coste, máximo de 18.030,36 euros.
Contratación indefinida: 4.808,10 euros por contratación.
Cooperativas y sociedades laborales: 4.808,10 euros cada socio.


Subvenciones de apoyo para innovación de las pymes

Ayudas para:
1. Innovación organizativa y gestión avanzada:
1.1 apoyo a proyecto de nuevos modelos empresariales innovadores.
1.2 apoyo a diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
1.3 apoyo a la incorporación de diseño de producto.
2. Innovación tecnológica y calidad:
2.1 planes de mejora tecnológica.
2.2 proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.
2.3 implantación y certificación tecnológica con las normas UNE 166.001 y UNE 166.002.
2.4 implantación y certificación de gestión medioambiental con las normas UNE-EN-ISO 14001 y UNE-EN-ISO 9001.
3. Proyectos de innovación en colaboración
3.1 proyectos integrados de gestión logística.
3.2 identificación de necesidades tecnológicas.
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Ayuda máxima: 50%

Serán subvenciónales:
- Para organismos intermedios: inversiones materiales o inmateriales; gastos de personal técnico del proyecto; colaboraciones externas; viajes interurbanos y alojamiento; el IVA o equivalente; gastos generales que no supongan el 10% del gasto subvencionable.
- Para pymes: inversiones materiales o inmateriales; gastos de personal técnico; colaboraciones externas.


Innovación


- La Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA), es una empresa de capital público adscrita al Ministerio de Industria Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.


Líneas de Financiación


- Línea Empresas de Base Tecnológica: para PYME que lleven a cabo proyectos cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos, procesos o servicios, o la mejora sustancial de los ya existentes.
- Línea de apoyo a empresas de economía social: ENISA tiene una línea específica para financiar, mediante préstamos participativos subvencionados en su tipo de interés, cooperativas y sociedades laborales, consideradas PYME conforme a la definición de la UE, que incorporen trabajadores desempleados que se acojan a la modalidad de pago único de la prestación por desempleo destinada a participar en aquéllas como socios trabajadores o socios de trabajo.


La Junta de Andalucía a través de CONAPI


Unión de autónomos y microempresas de Andalucía - ha subvencionado un proyecto “Diseño Autónomo”, para Autónomos y Microempresas Andaluzas que tengan pensado actualizar su imagen corporativa (logotipo, cartería, etc) o deseen adquirir una nueva. Aquellas personas o entidades interesadas podrán obtener GRATUITAMENTE el diseño de un logotipo y la cartería asociada a su empresa de manera totalmente personaliza y contando con el asesoramiento de expertos en imágenes corporativas; así mismo, podrán beneficiarse de todos los servicios que CONAPI pone a su disposición. Para poder inscribirse en este proyecto sólo hay que cumplir las siguientes condiciones:1) Ser Autónomo o tener una Microempresa en Andalucía.2) Hacerse socio de CONAPI, conlleva un coste de 60€ anuales.3) Cumplimentar correctamente los formularios de inscripción.“El objetivo fundamental de este proyecto es fortalecer la imagen externa y aumentar la competitividad en el sector de los autónomos y microempresas andaluzas”.


Subvenciones para la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión del subvenciones y ayudas y otros procedimientos.


Objetivos: Desarrollar el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, mediante la aprobación de las bases reguladoras para laconcesión de subvenciones públicas en materia de Formación Profesional para el Empleo, entre las que figuran las subvenciones en materia de formación de oferta y las dirigidas al desarrollo de acciones de investigación e innovación, así como la regulación del procedimiento para la inscripción y acreditaciónde los Centros y Entidades de Formación, el Fichero Andaluz de Especialidades Formativas, el régimen de prácticas profesionales no laborales y las becas y ayudas a las personas desempleadas participantes en la formación.


Otros tipos de subvenciones


- Ayudas y subvenciones a empresas del sector turístico.


- Subvenciones y ayudas para el uso de energía renovables

- Subvenciones para autónomos.


TIPOS DE INTERESES

- Fijo 3 añosSin aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 3,882


- Fijo 5 añosSin aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés:4,366


- Fijo 5 añosSin aval SGR
1 año de carencia
Tipo de interés: 4,431


- Fijo 7 añosSin aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 4,722


- Fijo 7 añosSin aval SGR
2 años de carencia
Tipo de interés: 4,839


- Fijo 10 años Sin aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 5,110


- Fijo 10 años Sin aval SGR
3 años de carencia
Tipo de interés: 5,237


- Variable 6 mesesSin aval SGR
Tipo de interés: 2,987


- Fijo 3 añosCon aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 3,627


- Fijo 5 añosCon aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 4,110


- mFijo 5 añosCon aval SGR
1 año de carencia
Tipo de interés: 4,176


- Fijo 7 añosCon aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 4,467


- Fijo 7 añosCon aval SGR
2 años de carencia
Tipo de interés: 4,583


- Fijo 10 añosCon aval SGR
Sin carencia
Tipo de interés: 4,854


- Fijo 10 añosCon aval SGR
3 años de carencia
Tipo de interés: 4,981


- Variable 6 mesesCon aval SGR
Tipo de interés: 2,730


4. Elegir para la empresa una denominación, un logotipo y unos símbolos, que sean apropiados y ayuden a formar y vender la imagen que se quiere dar. Además, hay que obtener información sobre los trámites necesarios para registrarlos, y sobre los gastos que se ocasionan.

Nuestro logotipo es el siguiente:







La información que hemos encontrado para los trámites necesarios para registrar nuestra empresa son:

o Constitución de la Sociedad mediante un notario para elaborar el acta constitutiva y finalmente deberá obtenerse Registro Público De la Propiedad y el Comercio.
o Inscripción al registro federal de contribuyentes: si lo realizan personas morales el tramite lo hará el notario, si por el contrario lo solicitan personas físicas se realizara directamente mediante la admón. local del SAT.
o Registro Empresarial ante el IMSS e INFONAVIT
o Inscripción en el padrón de Impuesto Sobre Nóminas
o Otros trámites adicionales pueden ser:


- Certificación de zonificación para uso de suelo
- Dictamen de estudio de impacto urbano
- Declaración de apertura
- Licencia para la fijación, instalación o colocación de anuncio

5. Determinar la localización de la empresa, dando los siguientes pasos:


a) Definir los espacios totales necesarios: metros cuadrados de superficie, localización y características de los mismos (locales, edificios, naves, terrenos, etc.).
Los espacios totales necesarios para nuestra empresa serán de 150 metros cuadrados que deben ser lo suficientemente espaciosos para nuestro trabajo. Nuestra empresa estará localizada en la provincia de Málaga, en calle Eugenio Gross.

b) Investigar el entorno para localizar dichos espacios y las formas de obtenerlos: adquisición, construcción o arrendamiento, así como las inversiones necesarias, costes y gastos de cada alternativa.
El local que necesitamos para nuestro negocio lo alquilaremos con derecho a compra, así si nuestra empresa nos va bien y tiene suficientes beneficios podremos adquirirlo.
Los gastos en cuanto a los materiales que vamos a necesitar serán:
Para la oficina tendremos que comprar mostrador, sillas, ordenador, archivador, una estantería.
Para el almacén necesitaremos estanterías, maquinaria para el empaquetado, maquina para transportar los paquetes grandes dentro del almacén.

c) Decidir la localización y modalidad de utilización de los espacios.
Nuestra empresa estará ubicada en la provincia de Málaga, en calle Eugenio Gross ya que es bastante transitable.
El espacio de nuestro local será de 150 metros cuadrados, de los cuales 50 de ellos estarán destinados para la oficina y recepción y el resto para el almacén.





d) Confeccionar un plano de los espacios de la empresa, con las indicaciones de la superficie y características de los mismos, así como los diferentes usos a los que vayan a ser destinados.





6. Elaborar un cuadro resumen que recoja los gastos e inversiones que la empresa debe realizar, de acuerdo con las decisiones anteriores. Deben figurar los tributos relativos a la constitución de la empresa, los gastos registrales que deben realizarse por cualquiera de los conceptos: empresa, nombre, logotipos, marcas, rótulos, símbolos y las inversiones necesarias para la adquisición o construcción del establecimiento empresarial, y los gastos de alquiler del mismo.


Gastos de constitución sociedad limitada
3870 € aproximadamente


Costes variables
Materias primas o productos necesarios para la producción.
Costes de salarios brutos y seguridad social a cargo de la empresa.
Amortizaciones, mantenimiento, reparaciones…

Costes fijos
Alquiler del local, o gastos de leasing
Transportes
Servicios de profesionales independientes
Material de oficina
Tributos
Suministros
Impuestos
Otros gastos

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